Villas, un modelo alternativo

Un modelo con continuidad

La consecución de un estatus jurídico definido como “villa” por parte de algunas comunidades supuso cambios de gran magnitud en todo el entramado social, político y jurídico de sus habitantes, tanto, que la configuración municipal en el siglo XXI es heredera en gran medida de aquella nueva organización territorial: en doscientos años, Gipuzkoa pasa de no tener una sola villa a una red de 25 núcleos distribuidos bastante uniformemente en sus apenas 2000 km2, y lo que es más importante, extendiendo su jurisdicción prácticamente a todo el territorio.  

Al organizarse como “villa”, los habitantes de una población adquieren ciertas ventajas frente al resto del mundo que les rodea (protección militar, leyes propias, jurisdicción privativa, alianza directa con la Corona, reconocimiento de igualdad entre sus integrantes…) en un territorio bien definido. Fuera de él siguen rigiendo los Parientes Mayores.

Los nuevos emplazamientos se situaban en los fondos de los valles fluviales, donde aún permanecen en la mayoría de los casos, y se estructuraban rodeaban de una muralla que, a la vez de proteger, servía para mostrar su fortaleza y capacidad organizativa.

Vista aéra de Segura © Paisajes Españoles, S.A.
Puerta medieval de Leintz Gatzaga © Pello Lopez
Puerta medieval de Zestoa


Las villas se regían por un fuero o carta puebla fundacional que recoge las bases jurídicas y administrativas para su fundación y desarrollo. En él se especifican gran cantidad de situaciones y salvedades: condiciones para ser admitido en los cargos públicos y en la vecindad, derecho mercantil, castigo de infracciones, exenciones fiscales, posibilidad de explotación forestal y otros usos del territorio que le corresponde, obligaciones o exenciones militares, etc.

Los fueros que van extendiéndose por el territorio que luego será Gipuzkoa pueden agruparse en dos grandes familias: la de Jaca, que llega a través de Estella y se afianza, moldea y expande a través de Donostia, en especial por las villas costeras, y la familia del de Logroño, que llega vía Vitoria, y que resulta más adecuado para regular la influencia de los señores feudales en las villas. A partir del originario fuero concedido, cada villa elaborará sus normativas y ordenanzas, reflejo de los intereses y tensiones que cada cual va desarrollando a lo largo del tiempo.

Frente a la subordinación (vertical) a los Parientes Mayores, en la villa se ensalza la vecindad, fuente “horizontal” de deberes y derechos. La villa se constituye por sujetos de pleno derecho, juntándose (“ayuntándose”, de ahí ayuntamiento) en las asambleas de vecinos, “batzarrak”. En un principio eran asambleas abiertas y en igualdad; sin embargo, no tardarán en ser sustituidas por un órgano más restringido, el regimiento cerrado, elegido anualmente (para evitar la injerencia de los bandos, y por la paulatina preponderancia de ciertas élites urbanas). El principal cargo de estos regimientos, evidentemente, es el de alcalde, representante principal de la comunidad y su cabeza militar; su principal competencia es la de juzgar, secundado por los regidores y otros cargos, que varían según localidad.

Al clicar sobre el siguiente mapa interactivo se obtiene información sobre la fundación de las villas medievales en Gipuzkoa, la procedencia de sus fueros y su morfología o plano urbano.



Actividad

La actividad económica principal, aunque la agricultura de subsistencia (cereal, viñedos, etc.) no deja de practicarse, es la producción artesanal y el comercio. Además de abastecer el mercado más o menos amplio de la comarca, el hierro de las cercanas ferrerías se transforma en armas, clavos, herraduras y herramientas de todo tipo para su exportación, así como productos textiles, y se comercia con todo lo que venga de Castilla (principalmente lana) o hacia Castilla (telas y otras manufacturas).

En las villas costeras la pesca, la caza de la ballena y la construcción naval enriquecen el tráfico de mercancías que embarcaban y desembarcaban entre la Península y el resto del Occidente europeo, especialmente en el caso de San Sebastián.



Expansión del modelo

El éxito del nuevo modelo urbano se evidencia en el creciente interés de adquirir tal categoría por las entidades rurales, Las ventajas de estas villas atraían al resto de asentamientos rurales próximos, muchos de los cuales acabaron anexionándose a las villas existentes, en el caso de que no pudieran acceder directamente a este estatus por carta puebla fundacional. De esta forma, mientras que las primeras villas fueron fundadas en los siglos XII y XIII por iniciativa real, en el siglo XIV, en cambio, son núcleos de población rurales los que solicitan una fundación, con el objetivo de superar la inseguridad y presiones a las que son sometidos por los Parientes Mayores. La fundación de Villareal de Urretxua es un buen ejemplo de este proceso.



Información complementaria en www.hiribilduak.net/ y www.arkeolan.com/hiribilduak.



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